Aumento del límite exento de garantías a 50.000 euros

Con la publicación de la Orden HFP/583/2023, de 7 de junio, el Ministerio de Hacienda ha elevado el límite exento de garantías en solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias, pasando de 30.000 a 50.000 euros. Esta modificación, publicada en el BOE, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en un contexto económico marcado por la incertidumbre.

Esta medida se aplicará tanto en el período voluntario como en el período ejecutivo de pago, siempre que el importe conjunto de las deudas no supere los 50.000 €. El incremento del umbral responde a la necesidad de aliviar la presión financiera sobre los contribuyentes que atraviesan situaciones económicas adversas.

Contexto económico que justifica la medida

El aumento del límite exento de garantías se enmarca en un escenario complejo, con el impacto económico derivado de la guerra en Ucrania, el alza de los precios de la energía y la presión inflacionaria. En este entorno, muchas familias, autónomos y pequeñas empresas han visto reducida su capacidad de pago, lo que justifica medidas de alivio tributario como la introducida por esta orden ministerial.

Además, la medida pretende mejorar la eficiencia administrativa al reducir los trámites necesarios para la gestión de estas solicitudes, evitando exigir garantías cuando la deuda no alcanza el nuevo umbral.

¿A quién afecta esta orden?

La Orden HFP/583/2023 afecta especialmente a:

  • Contribuyentes con deudas tributarias de hasta 50.000 € que deseen solicitar un aplazamiento o fraccionamiento.

  • Sujetos pasivos de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas, ya que también se aplica a estos casos.

  • Personas físicas o jurídicas que se encuentren en situación de temporal dificultad económico-financiera.

La medida resulta especialmente relevante para autónomos y pymes, que ahora podrán solicitar un mayor margen de aplazamiento sin necesidad de aportar avales o garantías bancarias.

Derogación de la normativa anterior

Con la entrada en vigor de esta orden, se deroga expresamente la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, que hasta ahora fijaba el límite exento en 30.000 euros. Esta actualización supone una adecuación a la realidad económica actual y al aumento generalizado de los costes.

La nueva normativa entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica que su aplicación es inmediata.

Conclusión: mayor flexibilidad tributaria para afrontar la incertidumbre

La Orden HFP/583/2023 supone una mejora significativa en la gestión de deudas tributarias, ofreciendo un respiro a miles de contribuyentes. La ampliación del límite exento de garantías a 50.000 euros reduce la carga burocrática, evita la necesidad de aportar avales innecesarios y alinea la normativa con la coyuntura económica actual.

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