Esta orden establece que el límite exento de garantías se aumenta de 30.000 euros a 50.000 euros.
La medida tiene como objetivo proporcionar facilidades a los contribuyentes que enfrentan dificultades económico-financieras temporales para cumplir con sus obligaciones de derecho público. Se menciona que el contexto económico actual, incluyendo la invasión rusa de Ucrania y el aumento de los precios de la energía, ha generado dificultades en las economías domésticas y sectores económicos.
La orden se aplica a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas de tributos cedidos a las comunidades autónomas. Se establece que no se exigirán garantías cuando el importe total de las deudas no exceda los 50.000 euros, ya sea en período voluntario o en período ejecutivo de pago.
La orden también deroga la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, que establecía el límite anterior de 30.000 euros. La entrada en vigor de la orden se producirá al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.