La incapacidad temporal y los incentivos laborales generan dudas frecuentes entre empresas y trabajadores.
La sentencia 18/2024 de la Audiencia Nacional (13 de febrero) aclara que los derechos de los empleados sobre el cobro de incentivos deben mantenerse intactos durante los periodos de enfermedad, ausencias breves y descansos prescritos médicamente.

Discriminación al reducir incentivos por enfermedad

La Sala de lo Social considera que reducir o eliminar bonificaciones por causas de salud no imputables al trabajador vulnera la Ley 15/2022, de 12 de julio, que garantiza la igualdad de trato y prohíbe cualquier forma de discriminación.

Por tanto:

  • Las cláusulas contractuales que penalicen las ausencias justificadas por incapacidad temporal (IT) son nulas de pleno derecho.

  • Las deducciones por bajas médicas contradicen el principio de no discriminación, ya que la enfermedad no depende de la voluntad del trabajador.

El caso analizado por la Audiencia Nacional

La sentencia afecta a los trabajadores de una empresa dedicada a tareas de atención inicial, gestión y resolución de reclamaciones.
Estos empleados estaban sujetos a un sistema de incentivos activo entre abril y diciembre de 2023.

  • El nuevo esquema incluía 15 puntos totales, con 10 asignados a objetivos operativos y 5 al registro de asistencias.

  • Bajo este último criterio se penalizaba el absentismo no recuperable (IT, malestares momentáneos o descansos médicos), reduciendo o eliminando el bono.

Por qué se considera discriminatorio

La Audiencia Nacional señala que:

  • Existe una desventaja clara para quienes han estado en incapacidad temporal, pues reciben un trato menos favorable que quienes no han estado de baja en el mismo periodo.

  • Aunque es legítimo que una empresa busque reducir el absentismo, no puede penalizar las ausencias justificadas por enfermedad.

La Sala destaca que, precisamente, en el esquema de bonificaciones de 2024 ya se ha eliminado esta cláusula de absentismo, reforzando que su inclusión anterior era contraria a derecho.

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