El calendario contribuyente agosto 2025 incluye una serie de obligaciones fiscales que tanto autónomos como empresas deben tener en cuenta para evitar sanciones y mantener una gestión tributaria adecuada. Aunque agosto es tradicionalmente un mes de vacaciones, el calendario fiscal no se detiene.

Es fundamental conocer los plazos y modelos que deben presentarse durante este mes, especialmente para aquellas entidades que cerraron su ejercicio fiscal en abril o que tienen domiciliaciones activas en la Agencia Tributaria.

¿Qué modelos deben presentarse en agosto?

Aunque la actividad fiscal suele disminuir durante este mes, el calendario del contribuyente contempla algunas obligaciones relevantes:

Hasta el 20 de agosto de 2025

Para empresas y autónomos que optaron por presentar declaraciones mensuales, se deberán presentar:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta sobre alquileres de inmuebles urbanos.
  • Modelo 123: Retenciones sobre determinados rendimientos del capital mobiliario.
  • Modelo 303: Autoliquidación del IVA mensual.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (si se realizan mensualmente).
  • Modelo 130/131: Pago fraccionado del IRPF (trimestral si corresponde).
  • Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (para entidades que cerraron ejercicio en abril).

¿Qué ocurre si presentas fuera de plazo?

La Agencia Tributaria puede imponer sanciones y recargos en caso de no cumplir con las fechas establecidas. Por eso, es fundamental tener el calendario contribuyente agosto 2025 bien organizado y programado con antelación, especialmente si se va a tomar vacaciones durante este mes.

¿Y si tienes domiciliaciones activas?

Si has domiciliado el pago de tus impuestos, debes tener en cuenta que el plazo de domiciliación finaliza unos días antes de la fecha límite de presentación. Para agosto 2025, el último día para domiciliar suele ser el 15 de agosto o el día hábil anterior si coincide con festivo. Esto afecta a modelos como el 303, 111, 115 o 130, por lo que es imprescindible preverlo.

💡 Enlace externo sugerido:
Consulta oficial del calendario fiscal de la AEAT

Recomendaciones para empresas y autónomos

  • Anticípate a los vencimientos: Especialmente si tu equipo administrativo está de vacaciones.
  • Revisa los borradores: Asegúrate de que las liquidaciones están bien calculadas antes de presentar.
  • Activa recordatorios: Usa calendarios digitales o alertas para no dejar pasar fechas clave.
  • Consulta a tu asesor fiscal: Ante cualquier duda, siempre es mejor prevenir errores.

Conclusión: no bajes la guardia en agosto

Aunque el mes de agosto puede parecer tranquilo desde el punto de vista empresarial, el calendario del contribuyente agosto 2025 incluye obligaciones importantes para quienes presentan modelos mensuales o tienen plazos específicos por cierres fiscales. Mantener una planificación tributaria actualizada te permitirá evitar errores, sanciones y sorpresas desagradables al regreso de vacaciones.

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