El 30 de noviembre de 2024 es el último día para presentar el modelo 232 , que corresponde a la declaración informativa sobre las operaciones vinculadas y situaciones con paraísos fiscales realizadas durante el ejercicio 2023. Si eres contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, es crucial que cumplas con esta obligación para evitar sanciones.
¿Qué se incluye en el Modelo 232?
Este modelo recoge información detallada sobre diversas operaciones, como:
- Operaciones con entidades vinculadas : Incluye las transacciones realizadas con personas o entidades vinculadas, conforme al artículo 13.4 del RIS.
- Reducción de rentas de activos intangibles : Operaciones relacionadas con la reducción de rentas procedentes de ciertos activos intangibles (artículo 23 y Disposición Transitoria 20a LIS).
- Operaciones con paraísos fiscales : Declaración de situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
¿Qué operaciones están excluidas del Modelo 232?
El siguiente modelo no es obligatorio en los casos:
- Grupos fiscales : Independientemente del volumen de operaciones.
- AIE y UTE : Excepto en algunos casos relacionados con la exención de rentas obtenidas en el extranjero a través de EP (Art. 22 LIS) .
- Ofertas públicas de venta o adquisición de valores : Aun cuando superen el umbral de operaciones.
¿Qué y quién debe presentar el modelo 232?
La presentación del modelo 232 debe realizarse antes del 30 de noviembre de 2024 para las operaciones realizadas durante el ejercicio 2023 . Este modelo está dirigido a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que hayan llevado a cabo alguna de las siguientes transacciones:
- Operaciones con entidades vinculadas : Si el total de las transacciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada supera los 250.000 € en el período impositivo.
- Operaciones específicas : Cuando el valor total de cada una de estas transacciones en el periodo fiscal supera los 100.000 €.
- Operaciones con el mismo método de valoración : Si el valor total de estas operaciones supera el 50% de la cifra de negocio de la entidad durante el periodo impositivo.
- Reducción de rentas de activos intangibles : En el caso de que se apliquen reducciones a las rentas derivadas de la cesión de activos intangibles a entidades vinculadas.
- Operaciones con paraísos fiscales : Si el contribuyente ha realizado transacciones con países o territorios considerados paraísos fiscales, independientemente de su importación.