El Tribunal Supremo, en una decisión histórica y por unanimidad, ha reformado su postura sobre los despidos disciplinarios, estableciendo que las empresas deberán ofrecer a la persona trabajadora la oportunidad de ser oída para defenderse antes de un despido disciplinario. Esta sentencia del 18/11/2024 (Rec. 4735/2023), pone en práctica lo dispuesto en el artículo 7 del Convenio núm. 158 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), que España ratificó en 1986, y que ahora se aplica de manera más estricta a nivel nacional.

¿Por qué es importante esta sentencia para las empresas?

La resolución tiene profundas implicaciones en el ámbito laboral. En términos legales, el Tribunal ha resaltado que la obligación de permitir la audiencia previa al despido, contenida en el Convenio de la OIT, debe ser aplicada de manera directa en todos los despidos disciplinarios. Aunque este principio es claro, el Tribunal y el propio art. 7 establece una excepción “a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad”, esta excepción se aplicará solo en situaciones muy específicas (ej. riesgo patrimonial para la empresa o para otro trabajador)

Implicaciones para el empleador

  • El procedimiento para despedir se vuelve algo más complejo y garantista ya que, a partir de ahora, deberán asegurarse de ofrecer a la persona trabajadora la posibilidad de presentar alegaciones antes de proceder a un posible despido disciplinario.
  • Esto representa un cambio importante en la gestión de los despidos, que deberá ser manejado con más cuidado y, posiblemente, con la asistencia de asesores legales para evitar riesgos jurídicos.
  • La sentencia establece que los despidos que ocurrieron antes de esta decisión pueden seguir basándose en el criterio anterior, es decir, sin necesidad de la audiencia previa en aquellos casos previos a la publicación de la sentencia.
  • El incumplimiento de este requisito formal, tendrá como consecuencia que la calificación del despido sea improcedente.

 

Esta sentencia reafirma el principio de la protección de los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, particularmente la oportunidad de ser oída para defenderse antes de un posible despido disciplinario. La OIT ha sido clara en cuanto a la necesidad de una audiencia previa, considerando que la decisión de poner fin a la relación laboral por razones disciplinarias es de tal magnitud que debe ser precedida de una oportunidad justa para que la persona trabajadora pueda presentar su versión de los hechos.

En este contexto, mantenerse informado sobre los cambios legislativos y jurisprudenciales en el ámbito laboral resulta esencial para garantizar el cumplimiento normativo y evitar riesgos legales. Desde el Departamento Jurídico de RSBiz, estamos a tu disposición para ofrecer asesoría especializada y ayudar en el proceso de adaptación de esta nueva sentencia, que se aplica de forma directa e inmediata.

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