El calendario contribuyente enero 2025 marca el inicio del ejercicio fiscal y establece obligaciones tributarias fundamentales que deben cumplir tanto autónomos como pymes y empresas. Presentar a tiempo los modelos correspondientes al mes de enero no solo evita sanciones, sino que también garantiza el cumplimiento de la normativa fiscal vigente.

Este mes es clave porque incluye los primeros vencimientos importantes del año, tanto en lo que respecta a autoliquidaciones periódicas como a declaraciones informativas anuales. A continuación, te detallamos los principales modelos que deben presentarse en enero y las fechas que no puedes pasar por alto.

Principales modelos a presentar en enero 2025

Estos son los modelos tributarios más relevantes para este mes:

Modelo 111 – Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo

  • Obligatorio para empresas y autónomos con empleados o que pagan rendimientos sujetos a retención (nóminas, profesionales, alquileres, etc.).

  • Plazo de presentación: hasta el 22 de enero de 2025.

Modelo 115 – Retenciones sobre alquileres de inmuebles urbanos

  • Aplicable a quienes pagan rentas de locales u oficinas.

  • Plazo de presentación: hasta el 22 de enero de 2025.

Modelo 303 – IVA autoliquidación mensual

  • Empresas y autónomos en régimen general que liquiden mensualmente el IVA.

  • Plazo de presentación: hasta el 30 de enero de 2025.

Modelo 349 – Operaciones intracomunitarias

  • Para operaciones con empresas de otros países de la UE.

  • Plazo de presentación mensual: hasta el 30 de enero de 2025.

Modelos informativos anuales (resumen de 2024)

Algunos modelos resumen del ejercicio anterior deben presentarse también en enero:

  • Modelo 180: Resumen anual de retenciones por alquileres.

  • Modelo 190: Resumen anual de retenciones por rendimientos del trabajo y profesionales.

  • Modelo 390: Declaración resumen anual del IVA.

  • Plazo para todos: hasta el 31 de enero de 2025.

¿Quiénes deben prestar especial atención a este calendario?

  • Autónomos: Con obligaciones mensuales o trimestrales de IRPF, IVA y retenciones.

  • Empresas con empleados: Por las retenciones en nóminas (modelo 111) y resúmenes anuales.

  • Entidades con operaciones exteriores o alquileres: Deben presentar modelos 349, 115 y 180.

Consecuencias de no cumplir con el calendario tributario

Omitir o retrasarse en la presentación de los modelos puede derivar en:

  • Recargos por presentación fuera de plazo.

  • Intereses de demora.

  • Sanciones económicas.

  • Requerimientos de la Agencia Tributaria.

La anticipación y una correcta planificación fiscal son claves para evitar imprevistos.

Conclusión: enero marca el inicio fiscal, cumple sin errores

El calendario contribuyente enero 2025 es el primer paso del año para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales. Desde los modelos periódicos hasta los resúmenes anuales, enero concentra una gran parte de la carga tributaria inicial del ejercicio. Es vital presentar cada modelo en tiempo y forma para evitar sanciones y mantener tu actividad empresarial o profesional en regla.

En RS BIZ, ayudamos a autónomos, pymes y empresas a preparar y presentar correctamente todos sus modelos tributarios, asegurándonos de que cada declaración sea exacta, puntual y conforme a la normativa.

¿Tienes dudas sobre qué modelos presentar este mes?
Contáctanos y te acompañamos en cada paso para que comiences el año fiscal con seguridad, sin errores ni sanciones.

 

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