Hoy, 30 de julio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, una norma que marca un hito en materia de conciliación familiar y laboral en el ordenamiento jurídico español.
Esta reforma tiene como objetivo principal reforzar los derechos de los progenitores y cuidadores, y promover una mayor corresponsabilidad en el ámbito doméstico y profesional, adaptando la legislación nacional a los estándares establecidos por la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Entre los principales cambios, se encuentran:
- La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menores de 16 a 17 semanas para cada progenitor.
- La inclusión de un permiso parental retribuido de dos semanas, con aplicación retroactiva.
- La implementación de medidas específicas para familias monoparentales, garantizando una protección más equitativa para quienes asumen en solitario las responsabilidades de cuidado.
Estas modificaciones afectan de forma directa al Estatuto de los Trabajadores, al Estatuto Básico del Empleado Público y a la Ley General de la Seguridad Social, lo que implica ajustes inmediatos en la gestión de recursos humanos, planificación de personal y procesos de nómina tanto en el sector público como privado.
Hacia una conciliación real: Ejes centrales del Real Decreto-ley 9/2025
El Real Decreto-ley 9/2025 responde a las crecientes demandas sociales y laborales de un reparto equilibrado de responsabilidades familiares y profesionales. Frente a la evolución de las estructuras familiares y la necesidad de modernizar las políticas de conciliación, esta norma redefine la gestión de permisos para garantizar derechos más amplios y equitativos, favoreciendo la corresponsabilidad y la igualdad efectiva.
Con la actualización de normativas clave, las empresas y administraciones públicas deben adaptar sus procedimientos para cumplir con estos nuevos estándares, fortaleciendo el compromiso social y laboral con la protección de la infancia y el bienestar familiar.
Modificación de tres normas fundamentales
Para garantizar su efectividad y coherencia jurídica, el Real Decreto-ley 9/2025 ha abordado la modificación de tres pilares esenciales del derecho laboral y de la protección social en España:
- El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, que regula las relaciones laborales en el sector privado.
- El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, que establece los derechos y deberes de los empleados públicos.
- El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, que determina las prestaciones y cobertura económica del sistema de protección social.
Con estas modificaciones, se culmina la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, que promueve de forma decidida la igualdad de género y el equilibrio entre la vida profesional y familiar de los progenitores y cuidadores. Este avance normativo deroga de manera expresa la anterior Directiva 2010/18/UE del Consejo, reemplazándola por un enfoque más completo, moderno y alineado con la realidad social y laboral del siglo XXI.
Novedades destacadas del permiso de nacimiento y cuidado de menores
La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menores es el elemento más destacado de esta reforma. Esta medida representa un avance no solo en términos de duración, sino también en su enfoque de equidad, pues mantiene el mismo número de semanas para cada progenitor, promoviendo una implicación activa, equilibrada y sin distinciones de género en el cuidado desde el nacimiento.
Aumento a 17 semanas para ambos progenitores
Uno de los cambios más significativos del Real Decreto-ley 9/2025 es la ampliación del permiso por nacimiento, que pasa de 16 a 17 semanas para cada progenitor, consolidando así una política de corresponsabilidad efectiva y equitativa.
Detalles clave:
- Cada progenitor tendrá derecho a una semana adicional, alcanzando un total de 17 semanas de permiso intransferible.
- La medida entra en vigor de forma inmediata, a partir del momento de publicación del Real Decreto en el BOE.
- No tiene carácter retroactivo, lo que significa que solo será de aplicación para nacimientos que se produzcan a partir de su entrada en vigor.
Esta extensión del permiso no solo implica más tiempo para el cuidado del menor, sino que contribuye a la creación de vínculos afectivos sólidos desde los primeros días de vida, reduciendo las desigualdades estructurales en el reparto de las tareas de cuidado.
Permisos ampliados para familias monoparentales
El Real Decreto-ley también introduce una medida de gran impacto para las familias monoparentales, que históricamente han contado con menos respaldo institucional para afrontar las cargas de cuidado de manera individual.
A partir de la entrada en vigor de esta norma, las personas que ejerzan la crianza en solitario podrán disfrutar de un permiso total de 32 semanas, distribuidas de la siguiente manera:
- 28 semanas durante el primer año de vida del menor, garantizando así una atención continua en los meses más críticos del desarrollo infantil.
- 4 semanas adicionales que podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años, facilitando la organización familiar a medio plazo.
Estas medidas suponen un reconocimiento explícito a la complejidad y exigencias particulares que enfrentan las familias monoparentales, y responden a una visión legislativa que busca dar cobertura a todos los modelos de familia, sin discriminación ni exclusión.
Desde RSBiz, entendemos que esta ampliación de derechos exige una adaptación inmediata en la gestión interna de las empresas, en especial en lo relativo a la planificación de recursos humanos, programación de bajas por cuidado y la correcta tramitación de nóminas y cotizaciones ante la Seguridad Social.
Permiso parental retribuido: un impulso hacia la corresponsabilidad
Retribución de 2 semanas con carácter retroactivo
El Real Decreto-ley 9/2025 incorpora la retribución de 2 semanas del permiso parental, destinadas al cuidado de menores de hasta 8 años:
- Aplicable con carácter retroactivo desde agosto de 2024.
- Asumido íntegramente por la Seguridad Social, con una tasa de reemplazo del 100 % de la base reguladora.
Este punto es crucial para fomentar la participación de ambos progenitores en el cuidado del menor. De hecho, España ya destaca por la alta participación masculina en el disfrute de estos permisos, superando a otros países del entorno europeo.
Qué pueden disfrutar madres y padres desde ahora
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, los derechos de progenitores y cuidadores se refuerzan de la siguiente manera:
- 17 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor.
- 2 semanas retribuidas de permiso parental, hasta que el menor cumpla 8 años.
- 8 semanas no retribuidas de permiso parental, disponibles en el mismo periodo.
Implicaciones para las empresas y departamentos de RRHH
Desde el punto de vista empresarial, estas modificaciones requieren una actualización inmediata de las políticas internas de gestión del personal. Las áreas de Recursos Humanos y los departamentos de nómina deberán adaptar sus procesos para:
- Reflejar correctamente las nuevas duraciones y condiciones de los permisos.
- Coordinar los periodos de disfrute de los trabajadores.
- Garantizar la aplicación de la retribución correspondiente, conforme a lo dispuesto por la Seguridad Social.
En RSBiz acompañamos a nuestros clientes en la implementación de estos cambios normativos, asegurando la correcta aplicación legal y el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
El Real Decreto-ley 9/2025 representa un avance significativo en la construcción de una sociedad más igualitaria y corresponsable. Las nuevas medidas refuerzan el derecho de los trabajadores a conciliar la vida personal y profesional, a la vez que plantean retos organizativos para las empresas.
¿Tu empresa está preparada para implementar estos cambios?
Desde RSBiz, firma especializada en soluciones laborales, realizamos un análisis exhaustivo de estas nuevas disposiciones. Nuestro objetivo es ofrecer claridad, seguridad jurídica y acompañamiento técnico a empresas y profesionales ante la entrada en vigor de este nuevo marco normativo, asegurando el cumplimiento legal y la correcta implementación de los cambios dentro de las organizaciones.
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