El calendario del contribuyente diciembre 2024 concentra varias obligaciones fiscales que tanto autónomos como pymes deben tener en cuenta para cerrar el ejercicio con garantías. Este mes es especialmente relevante por las múltiples comunicaciones censales, pagos fraccionados, declaraciones mensuales y opciones fiscales que se deben presentar ante la Agencia Tributaria.

A continuación, te dejamos un resumen práctico con las principales fechas, modelos tributarios implicados y recomendaciones clave para cumplir con tus responsabilidades fiscales antes de que finalice el año.

calendario del contribuyente diciembre 2024

Día 2 de diciembre: inicio de comunicaciones

  • Inscripción o baja en el REDEME (Registro de devolución mensual de IVA).

  • Modelo 232: Declaración de operaciones vinculadas y con paraísos fiscales.

  • Modelo 303 (mensual): Declaración de IVA 10/2024.

  • Modelo 03: Opción o renuncia al sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA.

Estas acciones son esenciales para configurar correctamente tu régimen de IVA de cara al nuevo año fiscal.

Día 12 de diciembre: INTRASTAT noviembre

Se presenta la declaración estadística INTRASTAT correspondiente a operaciones intracomunitarias de noviembre 2024, obligatoria para quienes superen el umbral legal de volumen.

Día 20 de diciembre: plazo fiscal relevante

  • Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades 3P/24.

  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

  • Modelo 111: Retenciones IRPF de trabajadores y profesionales.

  • Modelo 115 y 123: Retenciones por arrendamientos y capital mobiliario.

  • Modelo 216: Retenciones de no residentes.

  • Modelo 592: Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables.

Este día es clave para presentar correctamente las liquidaciones periódicas y evitar sanciones por presentación fuera de plazo.

Día 30 de diciembre: declaraciones informativas

  • Modelo 303: Declaración mensual de IVA 11/24.

  • Modelo 210: IRNR por rentas imputadas de bienes inmuebles (Ejercicio 2023).

Este tramo final del mes obliga a revisar los datos del penúltimo mes del año y anticipar los ajustes de cierre contable y fiscal.

Día 31 de diciembre: cierre fiscal del año

  • Modelos 036 y 037: Renuncia o revocación a estimación objetiva o directa para 2025.

  • Modelo 840: Declaración censal IAE.

  • Modelo 231: Información país por país.

  • Modelo 369: Régimen de importación (comercio electrónico).

  • IRPF: Comunicación de opción por estimación directa simplificada.

  • IVA: Renuncia a regímenes especiales para 2025 (como régimen simplificado en agricultura, ganadería y pesca).

  • Comunicación de régimen de consolidación fiscal.

  • FLC y Seguridad Social mensual noviembre 2024.

Este día es crucial para empresas que desean modificar su régimen fiscal o aplicar excepciones con efectos a partir del 1 de enero de 2025.

¿Qué implica este calendario para empresas y autónomos?

Cumplir con el calendario del contribuyente diciembre 2024 no solo es una obligación formal, sino una herramienta estratégica para asegurar que cierras el año correctamente:

  • Evitas recargos, sanciones y requerimientos.

  • Anticipas decisiones contables y fiscales del próximo ejercicio.

  • Regularizas tu posición fiscal con tiempo para revisar errores o ajustar datos.

Desde RSBiz, te ayudamos a identificar tus modelos tributarios obligatorios, realizar presentaciones telemáticas sin errores y adaptar tu contabilidad a cada cambio normativo.

Conclusión: cierra el año con orden fiscal

El mes de diciembre es decisivo para empresas, pymes y autónomos. El volumen de trámites, modelos y comunicaciones que deben gestionarse en estas semanas requiere máxima atención. En RSBiz te acompañamos para que cumplas con seguridad, rigor y sin sobresaltos.

¿Tienes dudas sobre qué modelos debes presentar o cómo cambiar de régimen fiscal en 2025?
Contáctanos hoy y evita errores que puedan comprometer el cierre contable de tu empresa.

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