El Tribunal Supremo ha reiterado en su Sentencia n.º 309/2025, de 9 de abril (ECLI:ES:TS:2025:1678), que no se puede exigir la permanencia en la empresa para devengar Stock Options en caso de despido improcedente. Esta resolución refuerza la protección jurídica del trabajador ante condiciones que dependen de decisiones unilaterales del empleador.
El caso Siemens SA
El caso que ha dado lugar a este pronunciamiento afecta a un extrabajador de Siemens SA, despedido disciplinariamente el 21 de diciembre de 2017. Posteriormente, el despido fue declarado improcedente, lo que abrió el debate sobre si tenía derecho a percibir las acciones asignadas en virtud del programa de Stock Options de la empresa.
El Supremo fue claro: una condición de permanencia no puede aplicarse cuando el contrato se extingue por causas ajenas a la voluntad del trabajador. La sentencia se apoya en el artículo 1256 del Código Civil, que prohíbe que la validez de los contratos quede al arbitrio de una sola parte. Imponer la permanencia como condición para acceder a un derecho económico como las Stock Options, en un despido improcedente, se considera por tanto una cláusula nula.
La defensa del trabajador argumentó que ya había cumplido las condiciones necesarias para consolidar sus derechos sobre las acciones, y que la empresa actuó de manera unilateral al negárselas. El tribunal respaldó este planteamiento y reconoció que, de haber seguido en su puesto hasta el final del periodo de consolidación, el trabajador habría adquirido legítimamente esas acciones.
El fallo también establece que Siemens podrá elegir entre entregar las acciones o compensar su valor monetario, según cotización en el mercado en el momento de dictarse la sentencia.
Implicaciones prácticas para empresas y trabajadores
Este pronunciamiento no solo fortalece la seguridad jurídica del trabajador en casos de despido improcedente, sino que también lanza un mensaje claro a las empresas: las condiciones asociadas a programas de incentivos deben ser revisadas cuidadosamente para evitar vulneraciones legales, especialmente si incluyen cláusulas de permanencia que podrían considerarse abusivas.