Las ausencias temporales de trabajadores por nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo o lactancia natural, entre otros supuestos, plantean un reto habitual para las empresas: garantizar la continuidad de la actividad sin incumplir la normativa laboral.
En estos casos, el contrato de sustitución constituye la modalidad de contratación prevista por la normativa laboral para cubrir temporalmente el puesto de una persona que mantiene el derecho a reincorporarse. Además, en determinados supuestos, la empresa puede beneficiarse de una bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la legislación vigente.
No obstante, uno de los errores más frecuentes es asumir que cualquier contrato de sustitución genera automáticamente derecho a una bonificación. La realidad es que el acceso a estos incentivos depende tanto de la causa de la sustitución como de las características de la persona contratada y del cumplimiento de determinadas obligaciones por parte de la empresa.
A continuación, analizamos cuándo puede aplicarse la bonificación del contrato de sustitución, cuáles son sus requisitos y qué aspectos conviene revisar para evitar incidencias en su aplicación.
Claves de la bonificación del contrato de sustitución

Tabla 1. Resumen de los principales aspectos de la bonificación aplicable a los contratos de sustitución según el Real Decreto-ley 1/2023.
¿Qué es un contrato de sustitución y cuándo puede utilizarse?
El contrato de sustitución es una modalidad de contratación temporal regulada en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. Su finalidad es permitir que una empresa cubra de forma temporal un puesto de trabajo cuando la persona que lo ocupa se encuentra ausente, pero conserva el derecho a reincorporarse.
Tras la reforma laboral introducida por el Real Decreto-ley 32/2021, la contratación temporal quedó limitada a supuestos tasados, reforzando el principio de causalidad. En este contexto, el contrato de sustitución se ha consolidado como una herramienta esencial para atender necesidades organizativas reales sin incumplir la normativa laboral.
Su correcta utilización permite mantener la actividad de la empresa, evitar sobrecargas de trabajo en el resto de la plantilla y garantizar la continuidad de procesos críticos mientras dura la ausencia.
Sustitución de una persona trabajadora con reserva de puesto
El supuesto más habitual se produce cuando una persona trabajadora suspende temporalmente su contrato, pero mantiene el derecho a reincorporarse una vez finalice la causa que motivó la suspensión.
Entre las situaciones más frecuentes se encuentran:
- Nacimiento y cuidado del menor.
- Riesgo durante el embarazo.
- Riesgo durante la lactancia natural.
- Ejercicio corresponsable del cuidado del menor lactante.
- Otras situaciones de suspensión del contrato con reserva del puesto de trabajo previstas legalmente.
En estos casos, la empresa puede formalizar un contrato de sustitución para garantizar el normal funcionamiento de la organización durante el periodo de ausencia.
Cobertura temporal de vacantes o procesos internos
La normativa también permite utilizar esta modalidad para cubrir temporalmente un puesto mientras se desarrolla un proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, siempre que concurran las circunstancias previstas legalmente.
Se trata de una alternativa especialmente útil para evitar vacantes prolongadas que puedan afectar a la productividad o a la prestación del servicio.
La bonificación del contrato de sustitución: ¿cuándo puede aplicarse?
El hecho de formalizar un contrato de sustitución no implica, por sí mismo, que la empresa tenga derecho a una bonificación en las cotizaciones sociales. El acceso a este incentivo está regulado por el Real Decreto-ley 1/2023 y únicamente resulta aplicable en determinados supuestos de sustitución.
En la práctica, la empresa debe diferenciar entre poder formalizar un contrato de sustitución y poder aplicar una bonificación por ese contrato. El incentivo solo procede cuando el supuesto está expresamente previsto y se cumplen todos los requisitos exigidos.
Entre los principales supuestos bonificados se encuentran las contrataciones destinadas a sustituir a personas trabajadoras durante situaciones de nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o ejercicio corresponsable del cuidado del menor lactante.
Cuantía de la bonificación y aspectos clave para su aplicación
Cuando se cumplen todos los requisitos previstos en el Real Decreto-ley 1/2023, la empresa puede aplicar una bonificación de 366 euros mensuales en la aportación empresarial a la Seguridad Social por cada persona trabajadora sustituida, durante el período en que resulte aplicable el incentivo.
Aunque se trata de un incentivo económico relevante, su correcta aplicación requiere revisar previamente todos los requisitos legales. Una gestión incorrecta del contrato, de las comunicaciones a la Seguridad Social o de la documentación justificativa puede dar lugar a la pérdida de la bonificación o a posteriores requerimientos por parte de la Administración.
Como explica Elisabeth Barrufet, Directora del Área Laboral de RSBiz, «Antes de formalizar la contratación conviene revisar si concurren todos los requisitos exigidos por la normativa. Una comprobación previa permite evitar incidencias posteriores con la Seguridad Social y aplicar el incentivo con mayores garantías».
Requisitos para aplicar correctamente la bonificación
Para acceder al incentivo, deben cumplirse simultáneamente las condiciones vinculadas a la causa de la sustitución, a la persona contratada y a la situación de la empresa.
Requisitos de la persona contratada
Además de encajar en uno de los supuestos bonificados, la persona contratada debe cumplir las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Con carácter general, deberá tratarse de una persona desempleada menor de 30 años, inscrita como demandante de empleo, si bien la normativa contempla determinadas particularidades según el supuesto concreto de sustitución.
Por ello, antes de formalizar la contratación resulta recomendable verificar que la persona reúne todos los requisitos exigidos y que estos pueden acreditarse documentalmente. Una revisión previa evita incidencias posteriores y garantiza la correcta aplicación de la bonificación.
Requisitos que debe cumplir la empresa
La empresa también debe cumplir una serie de obligaciones para beneficiarse de estos incentivos. Entre ellas destacan:
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar excluida del acceso a beneficios en materia de cotización.
- Formalizar correctamente el contrato y las comunicaciones correspondientes.
- Conservar la documentación que justifique el derecho a la bonificación.
En la práctica, muchas incidencias no se producen por una interpretación incorrecta de la norma, sino por errores administrativos durante la tramitación del contrato o en la gestión de las comunicaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Por ello, antes de iniciar una sustitución conviene revisar tanto la causa que la justifica como el cumplimiento de todos los requisitos exigidos. Una planificación adecuada permite reducir riesgos, evitar incidencias y asegurar la correcta aplicación de los incentivos previstos por la normativa.
Incorporación anticipada de la persona sustituta: una novedad con ventajas para la empresa
Una de las principales novedades introducidas en la regulación del contrato de sustitución es la posibilidad de que la persona contratada se incorpore antes de que comience la ausencia efectiva de la persona sustituida.
Esta medida responde a una necesidad habitual en las organizaciones: disponer de un periodo de solapamiento que facilite la transmisión de funciones, conocimientos y procedimientos antes de que se produzca la suspensión del contrato.
En la práctica, esta coincidencia temporal resulta especialmente útil en puestos con un elevado grado de especialización o responsabilidad, donde una incorporación inmediata sin formación previa puede afectar a la productividad, generar errores o ralentizar la actividad.
Además de favorecer una transición ordenada, esta posibilidad contribuye a reducir el impacto organizativo de la ausencia y garantiza una mayor continuidad en la prestación del servicio.
No obstante, para beneficiarse de la bonificación es imprescindible respetar las condiciones y plazos previstos por la normativa, así como realizar correctamente las comunicaciones a la Seguridad Social.
Errores que pueden hacer perder la bonificación
La experiencia demuestra que muchas empresas pierden el derecho a aplicar la bonificación no porque la contratación sea incorrecta, sino por errores administrativos o por no comprobar previamente el cumplimiento de todos los requisitos.
Entre las incidencias más habituales destacan:
- Formalizar un contrato de sustitución en un supuesto que no da derecho a bonificación.
- No verificar que la persona contratada cumple las condiciones exigidas por la normativa.
- Gestionar de forma incorrecta las fechas de inicio o finalización de la sustitución.
- Realizar errores en las comunicaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
- No conservar la documentación acreditativa que justifica el incentivo.
- Incumplir las obligaciones exigidas para acceder a beneficios en materia de cotización.
En muchos casos, estos errores no se detectan hasta una revisión posterior por parte de la Administración, lo que puede dar lugar a la devolución de las cantidades bonificadas o a requerimientos adicionales.
Por este motivo, resulta recomendable revisar cada contratación de forma individualizada y verificar que tanto la causa de la sustitución como la documentación y la tramitación administrativa cumplen todos los requisitos legales.
La importancia de planificar correctamente una sustitución
Aunque el incentivo económico suele centrar gran parte del interés de las empresas, una sustitución bien planificada aporta beneficios que van mucho más allá de la bonificación.
Una correcta organización permite minimizar el impacto de la ausencia sobre la actividad, garantizar la continuidad del negocio y facilitar la incorporación de la persona sustituta en condiciones que favorezcan un desempeño eficaz desde el primer momento.
Como señala Elisabeth Barrufet, Directora del Área Laboral de RSBiz, «una buena planificación permite que la sustitución se desarrolle con normalidad y que la empresa afronte el proceso con mayores garantías».
La gestión laboral como garantía para evitar incidencias
Una vez planificada la sustitución, resulta imprescindible gestionar correctamente todos los trámites asociados al contrato. La coordinación entre el departamento de Recursos Humanos, el área de nóminas y la asesoría laboral es esencial para tramitar las altas, las cotizaciones y las comunicaciones con la Seguridad Social, evitando incidencias que puedan afectar al contrato o a la aplicación de los incentivos.
En RSBiz comprobamos que una revisión previa reduce significativamente los riesgos administrativos y facilita el cumplimiento de las obligaciones laborales. Analizar cada caso antes de formalizar el contrato permite anticipar posibles incidencias y garantizar una gestión más eficiente de todo el proceso.
En un entorno normativo cada vez más complejo, contar con asesoramiento especializado no solo ayuda a aprovechar los incentivos previstos por la legislación, sino que también aporta seguridad jurídica y contribuye a una gestión laboral más eficaz.
