El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2024 introduce cambios significativos dirigidos a mejorar la eficacia en la lucha contra el fraude fiscal y aduanero. ¿Cómo afectarán estas medidas a tu negocio?
El escrito publicado en el BOE el 21 de febrero de 2024 desglosa las actuaciones más relevantes a llevar por la Agencia Tributaria en el ejercicio 2024.
A continuación, recogemos las principales directrices:
- Revisión de los criterios de aplicación del régimen sancionador tributario, con la finalidad de mejorar los procesos de detección de la culpabilidad y centrar la aplicación del régimen sancionador en las conductas de mayor gravedad. Se trata de valorar la conducta previa del obligado tributario cuando incurre en errores o en pequeños incumplimientos involuntarios, especialmente en el caso que no exista perjuicio económico y los incumplimientos ocasionales correspondan a obligados tributarios tradicionalmente cumplidores.
- El control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, enfocado especialmente hacia los incumplidores mantiene una notable importancia en 2024. La implementación de sistemas de facturación electrónica, el suministro automatizado de facturas, la remisión de cartas advirtiendo de posibles diferencias en las declaraciones presentadas o las visitas a obligados tributarios son necesarias para la lucha contra la economía sumergida y el control de la activad económica.
- Se construirá un modelo unificado de prevención y control en el que los diferentes mecanismos utilizados sean fases de un mismo proceso de reducción de los riesgos tributarios y no compartimentos estancos, de tal manera que, para un determinado riesgo tributario, se definan los diferentes mecanismos a utilizar en los diferentes momentos en los que se pueden realizar acciones para minimizarlo, desde el momento en que se realiza el hecho económico, se declara el hecho imponible o con posterioridad a su autoliquidación.
- Se continuará con la verificación por parte de la Administración tributaria del adecuado cumplimiento de la obligación de los sujetos pasivos acogidos al sistema Suministro Inmediato de Información (SII), ya sea con carácter obligatorio o voluntario, de envío de registros del SII.
- Intensificación de las comprobaciones formales para verificar que todos aquellos obligados tributarios que han accedido al Registro de Operadores Intracomunitarios y al de Devolución Mensual en el IVA, cumplen los requisitos para permanecer en ellos.
- En relación con el impuesto sobre Sociedades, la Inspección de los Tributos va a incidir en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, créditos fiscales en base o cuota pendientes de compensar o de aplicar.
- Se controlará a los no declarantes en el IRPF, en el Impuesto sobre Sociedades y en el IVA y se ampliarán las actuaciones de control de retenciones en la fuente, desplazando la carga indirecta del control desde el obligado tributario que soporta la retención al obligado tributario que la realiza.
- En el terreno de la economía sumergida y la ocultación de actividad se mantendrán las entradas en domicilio sociales de empresas y se incidirá en contribuyentes que no admitan pagos por medios bancarios, con ventas a consumidor final o con signos externos de riqueza, patrimonio o información financiera incoherente con lo declarado.
- Se van a realizar actuaciones para el análisis y, en su caso, comprobación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, el Impuesto sobre Transacciones Financieras, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
- Realización, en la economía de las plataformas, de un completo plan a través del coordinador general, que incluye: revisión censal de operadores no establecidos registrados en nuestro país que actúan por medio de plataformas en ventas a consumidores finales en España, para comprobar el cumplimiento formal de sus obligaciones; realización de contrastes para verificar el total de lo importado por cada operador en los modelos simplificados H7 (por debajo de 150 euros de valor) presentados en cualquier aduana europea; realización de contrastes entre los importes ingresados del IVA por el sistema de ventanilla única de importación desde otros Estados miembros en relación con ventas a consumo efectuadas en España por aquellos operadores inscritos en cualquier país de la Unión Europea; realización de los requerimientos internacionales oportunos en relación con operadores que efectúen ventas en España y, una vez que se produzca la contestación a dicho requerimientos, realización de las comprobaciones necesarias a través de figura del coordinador nombrado en relación con los intercambios del paquete eCommerce y selección de supuestos para revisar y comprobar la veracidad completa de las declaraciones presentadas por los operadores españoles, utilizando para ello la información disponible de otras fuentes.
- Se reforzarán las acciones de control relacionadas con el ámbito e la economía digital y los nuevos modelos de negocio. Se intensificarán los controles sobre los denominados “neobancos” entidades de pago electrónico y demás sistemas de pago virtual, que habitualmente están registradas correctamente en la UE, pero pueden realizar servicios digitales financieros en España, sin tener presencia física y al margen de las obligaciones de suministro de información de pagos por medio de tarjeta, lo que podría implicar elusión o fraude por parte de quienes utilizan sus servicios de cobro.
- Se impulsarán mejoras en la obtención de información para el embargo de créditos derivados de cobros mediante TPV y las personaciones en locales de deudores que continúan con su actividad económica sin minorar sus deudas.
- Implementación de nuevas obligaciones informativas. En 2024 se presentarán por primera vez declaraciones informativas sobre monedas virtuales, sobre pagos transfronterizo, de operadores de plataforma y de operaciones de comercio realizadas en la Zona Especial Canaria.
- Para grandes empresas y patrimonios se dará un impulso a la figura de las inspecciones conjuntas y se controlará los precios de transferencia a partir de un sistema automatizado e integral de análisis de riegos. En grupos fiscales se priorizarán las actuaciones de control sobre las deducciones, especialmente las de Innovación tecnológica y las generales en el marco de la Agrupaciones de Interés Económico.