El Real Decreto 253/2025, de 1 de abril , introduce nuevas obligaciones de información financiera que suponen cambios significativos en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria , aprobado por el Real Decreto 1065/2007. Esta modificación normativa, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026 , tiene como principal objetivo reforzar el control de la Agencia Tributaria sobre las operaciones financieras , afectando directamente a autónomos, empresas y particulares.

Entre los cambios más destacados se encuentra la eliminación del umbral mínimo de información para cobros por medios electrónicos y la ampliación del alcance y periodicidad con la que las entidades financieras deben remitir información a Hacienda.

 

Objetivo del nuevo Real Decreto: lucha contra el fraude fiscal

Con esta reforma, Hacienda busca intensificar la vigilancia sobre las operaciones financieras, especialmente aquellas vinculadas a actividades económicas no declaradas, fraude tributario o uso indebido de medios de pago electrónicos.

El nuevo sistema se basa en una transparencia más exhaustiva, exigiendo a las entidades financieras y plataformas de pago el envío mensual o anual de datos, incluso en operaciones de pequeña importación que antes no eran reportadas.

 

Principales novedades introducidas por el Real Decreto 253/2025

  1. Eliminación del umbral de 3.000 euros para informar sobre cobros electrónicos

Hasta ahora, los bancos y entidades de pago estaban obligados a informar a Hacienda cuando los cobros mediante tarjetas o plataformas como Bizum superaban los 3.000 euros.

Con la nueva regulación, desaparece ese límite. A partir de 2026:

  • Las entidades financieras deberán reportar mensualmente todas las transacciones comerciales electrónicas, independientemente de la importación.
  • Esta medida afecta especialmente a autónomos y empresas que reciben pagos a través de terminales TPV, Bizum, transferencias inmediatas, etc.
  1. Seguimiento de operaciones con tarjetas de particulares

A los particulares también les afecta esta reforma, aunque de forma diferente. Desde el 1 de enero de 2026:

  • Las entidades financieras deberán informar anualmente sobre los movimientos realizados con tarjetas bancarias si la importación total anual supera los 25.000 euros.
  • Se incluyen tarjetas de crédito, débito, prepago y virtuales.

Esto implica que Hacienda podrá disponer de información detallada sobre los hábitos de consumo cuando se superen ciertos umbrales.

  1. Información mensual sobre cuentas bancarias de residentes en España

Otra modificación relevante afecta a la periodicidad del reporte sobre cuentas bancarias:

  • Las entidades deberán remitir a Hacienda, de forma mensual, información sobre:
    • Titulares, representantes autorizados y beneficiarios.
    • Saldos medios y finales de cada cuenta.
  • Esta medida refuerza la capacidad de la AEAT para detectar inconsistencias o movimientos irregulares de fondos.
  1. Control reforzado sobre operaciones en efectivo

Se mantiene la obligación de informar en efectivo superior a 3.000 euros, pero se amplía su alcance:

  • También estarán obligadas a informar a entidades de pago y compañías extranjeras que operen en España.
  • Esto refuerza el control de movimientos que, habitualmente, existían al margen del sistema bancario formal.

 

¿Cómo afecta esta normativa a autónomos y empresas?

La reforma introduce una mayor responsabilidad fiscal y contable para quienes desarrollan actividades económicas.

Desde 2026, los autónomos y empresarios deberán tener en cuenta que:

  • Todos los cobros recibidos a través de medios electrónicos, incluido Bizum, estarán bajo control tributario.
  • Es esencial reflejar fielmente todos los ingresos en las autoliquidaciones trimestrales y anuales.
  • La falta de declaración o discordancia con los datos facilitados por las entidades financieras podría derivar en comprobaciones y sanciones.

Sanciones por incumplimiento

La Agencia Tributaria podrá imponer sanciones de hasta el 150% de las cantidades no declaradas, especialmente si detecta intencionalidad en la ocultación.

 

Conclusión: más control, más transparencia y más responsabilidad

El Real Decreto 253/2025 supone un paso decisivo hacia la digitalización y el cruce automatizado de datos financieros, otorgando a Hacienda una mayor capacidad de seguimiento de las actividades económicas.

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