El mes de noviembre llega con importantes obligaciones fiscales y de cotización para autónomos, pymes y empresas. A medida que se acerca el cierre del ejercicio 2025, este mes se vuelve clave para la planificación fiscal, combinando plazos periódicos —como declaraciones mensuales o modelos informativos— con trámites que impactan en el inicio del próximo año, como la modificación de la base de cotización de los trabajadores autónomos.
Nuestro Calendario del Contribuyente recopila las principales fechas y modelos que deben presentarse durante noviembre de 2025. Cumplir con los plazos evita sanciones y permite mantener una gestión contable y tributaria eficiente de cara al cierre anual.

1 de noviembre: Inicio del plazo para solicitar el cambio de base de cotización de autónomos
Desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2025, los trabajadores autónomos tienen la oportunidad de solicitar un cambio en su base de cotización, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026.
Esta modificación permite adaptar la cuota mensual a la previsión real de ingresos, ya sea para aumentarla o reducirla, según la situación económica del autónomo. Ajustar la base correctamente es clave para optimizar la planificación fiscal y la contribución a la Seguridad Social, evitando pagos excesivos o insuficientes.
Para elegir la base más adecuada, se recomienda analizar los rendimientos obtenidos durante el ejercicio actual y proyectar los ingresos del próximo año, considerando gastos, inversiones y posibles variaciones en la actividad. Contar con el apoyo de un asesor especializado permite tomar decisiones más acertadas y asegurar que la elección de la base de cotización se ajuste de manera precisa al perfil profesional y capacidad económica del autónomo, garantizando un equilibrio entre protección social y optimización de costes.
5 de noviembre: Segundo plazo de la Renta 2024 (caso fraccionado)
Los contribuyentes que optaron por fraccionar el pago del IRPF correspondiente a la Renta 2024 deben abonar el segundo plazo antes del 5 de noviembre de 2025, que corresponde al 40 % restante del importe total.
Este pago se realiza normalmente mediante domiciliación bancaria o a través de la plataforma online de la Agencia Tributaria. Es fundamental asegurarse de que haya fondos disponibles en la cuenta asociada, ya que cualquier impago genera recargos automáticos y posibles incidencias en la gestión tributaria.
En caso de cambios en la situación económica, dificultades de liquidez o ajustes en los ingresos, conviene revisar con antelación las opciones de aplazamiento o fraccionamiento que ofrece la Agencia Tributaria. Además, planificar el pago de manera anticipada permite mantener un control financiero más eficiente, evitando sorpresas de última hora y asegurando que se cumplan todas las obligaciones fiscales de manera ordenada y sin complicaciones.
Cumplir con este plazo no solo evita sanciones, sino que también facilita la organización contable y financiera del contribuyente, permitiendo afrontar el cierre del ejercicio con mayor tranquilidad y previsión.
12 de noviembre: Declaración INTRASTAT – octubre 2025
Las empresas que realizan operaciones de comercio intracomunitario deben presentar el modelo INTRASTAT correspondiente al mes de octubre de 2025, antes del 12 de noviembre.
Este modelo tiene como objetivo registrar los movimientos de entrada (introducciones) y salida (expediciones) de bienes dentro de la Unión Europea, aportando información fundamental para la generación de estadísticas de comercio exterior y facilitando el control de las operaciones comerciales entre países miembros.
Solo están obligadas aquellas empresas que superan los umbrales establecidos por la Agencia Tributaria. Es fundamental que los datos declarados en INTRASTAT coincidan con los registros contables internos, así como con los modelos 303 (IVA) y 349 (operaciones intracomunitarias), garantizando coherencia y evitando discrepancias.
Un cumplimiento adecuado no solo evita sanciones y requerimientos posteriores, sino que también mejora la trazabilidad de las operaciones y permite mantener un control preciso sobre el flujo de mercancías y su impacto fiscal. Además, llevar una gestión organizada de estas declaraciones facilita futuras auditorías y revisiones internas, asegurando que la empresa cumpla con la normativa vigente de forma eficiente y ordenada.
20 de noviembre: Declaraciones mensuales y recapitulativas
El 20 de noviembre es una de las fechas más importantes del mes, ya que coinciden varios modelos de presentación mensual e informativa que afectan directamente a empresas, profesionales y entidades con operaciones periódicas.
En esta fecha, se concentran obligaciones fiscales clave que requieren un control riguroso de la contabilidad y de los registros de las operaciones realizadas durante el mes de octubre. Presentar correctamente estos modelos garantiza la coherencia de la información tributaria, evita errores en los cierres mensuales y minimiza el riesgo de requerimientos o sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Es fundamental que las empresas y profesionales tengan toda la documentación organizada, incluyendo facturas, justificantes de pagos y registros contables, para cumplir con los distintos modelos de manera precisa. Una gestión ordenada de estos trámites no solo asegura el cumplimiento legal, sino que también facilita la planificación fiscal futura, optimiza los flujos de caja y contribuye a una administración más eficiente de la actividad económica.
Modelo 349 – Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (periodo 10/25)
El Modelo 349 correspondiente al periodo 10/25 (octubre de 2025) recoge todas las operaciones realizadas con clientes y proveedores pertenecientes a otros países de la Unión Europea, tanto entregas y adquisiciones de bienes como prestaciones y recepciones de servicios.
Este modelo tiene carácter informativo y permite a la Agencia Tributaria cruzar los datos con los declarados por las contrapartes comunitarias, garantizando así la correcta aplicación del régimen de IVA intracomunitario.
Es fundamental que la información incluida en el Modelo 349 coincida exactamente con las facturas emitidas y recibidas, así como con los asientos registrados en los libros de IVA y lo declarado en el Modelo 303. Cualquier discrepancia entre estos documentos puede dar lugar a requerimientos, retrasos en las devoluciones o sanciones administrativas. Por ello, se recomienda revisar cuidadosamente los datos antes de la presentación, asegurando la coherencia y trazabilidad contable de todas las operaciones intracomunitarias.
Modelos 111, 115 y 123 – Retenciones IRPF (periodo 10/25)
Durante el mes de octubre de 2025, las empresas y profesionales que actúan como retenedores o pagadores están obligados a declarar las retenciones de IRPF practicadas en dicho periodo mediante la presentación de los modelos correspondientes ante la Agencia Tributaria.
- Modelo 111: recoge las retenciones e ingresos a cuenta aplicadas sobre los rendimientos del trabajo, las actividades profesionales, así como sobre premios y determinadas ganancias patrimoniales. Es uno de los modelos más habituales en el ámbito empresarial, ya que incluye las nóminas del personal y los honorarios de profesionales autónomos.
- Modelo 115: se utiliza para declarar las retenciones sobre rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, como locales comerciales u oficinas, siempre que el arrendador sea persona física o jurídica sujeta a retención.
- Modelo 123: está destinado a las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario, tales como intereses de préstamos, dividendos, cesión de derechos de imagen o participación en beneficios, entre otros.
Modelo 216 – Retenciones de no residentes (periodo 10/25)
Durante el periodo 10/25 (octubre de 2025), las entidades o personas físicas que hayan abonado rentas a no residentes sin establecimiento permanente en España deben presentar el Modelo 216, declarando e ingresando las retenciones o ingresos a cuenta del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). Este modelo incluye rentas como servicios profesionales, intereses, dividendos, cánones o alquileres satisfechos a personas o entidades extranjeras.
Es importante verificar en cada caso si procede aplicar retención y comprobar la residencia fiscal del perceptor, así como la existencia de un convenio de doble imposición entre España y el país correspondiente. Estos convenios pueden permitir tipos reducidos o exenciones, evitando así retenciones indebidas.
Una correcta gestión del Modelo 216 contribuye a cumplir las obligaciones fiscales internacionales, evitar incidencias con la Agencia Tributaria y, en su caso, tramitar devoluciones por retenciones en exceso. Mantener la documentación de respaldo —como certificados de residencia fiscal y justificantes de pago— resulta esencial para garantizar la trazabilidad y transparencia de las operaciones con no residentes.
Modelo 592 – Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (periodo 10/25)
Durante el periodo 10/25 (octubre de 2025), las empresas y fabricantes, importadores o adquirentes intracomunitarios de productos que utilicen envases de plástico no reutilizables están obligados a presentar el Modelo 592, correspondiente al Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Este tributo, de carácter medioambiental, grava la utilización de plásticos de un solo uso con el objetivo de fomentar el uso responsable de materiales y la sostenibilidad empresarial.
En la declaración deben incluirse las cantidades de plástico no reciclado empleadas, así como las operaciones sujetas, exentas o con derecho a deducción. Es esencial llevar un control preciso de las existencias, consumos y composición de materiales, ya que esta información permite justificar deducciones, exenciones o devoluciones en caso de inspección o revisión por parte de la Agencia Tributaria.
Mantener los registros actualizados y bien documentados no solo asegura el cumplimiento de la normativa medioambiental y fiscal, sino que también facilita la trazabilidad de los materiales y refuerza el compromiso de la empresa con la sostenibilidad y la economía circular. Una gestión correcta de este impuesto ayuda a evitar sanciones y mejora la transparencia en la cadena de suministro.
Pago del IAE provincial y nacional
El 20 de noviembre de 2025 finaliza el plazo para realizar el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), tanto a nivel provincial como nacional, para aquellos contribuyentes obligados a abonarlo. Este impuesto grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas y su importe depende del epígrafe y del municipio en el que se desarrolle la actividad.
Antes de efectuar el pago, es fundamental revisar la inclusión en el padrón del IAE, comprobar que los datos del contribuyente sean correctos y que el epígrafe asignado refleje de manera fiel la actividad real que se desarrolla. Un error en la asignación del epígrafe o en la cuantía tributaria puede dar lugar a recargos, sanciones o liquidaciones complementarias, así como generar problemas en la gestión contable y fiscal de la empresa.
Además, conviene verificar si se aplican bonificaciones o exenciones, como las derivadas de actividades económicas con bajo volumen de ingresos o determinadas situaciones especiales contempladas por la normativa local y nacional. Llevar un control y registro actualizado del IAE facilita la planificación fiscal, asegura el cumplimiento de las obligaciones tributarias y evita sorpresas en inspecciones futuras o en la relación con la administración tributaria.
28 de noviembre: Seguridad Social y FLC – octubre 2025
El 28 de noviembre de 2025 finaliza el plazo para el ingreso de las cotizaciones correspondientes al mes de octubre tanto de la Seguridad Social como de la Fundación Laboral de la Construcción (FLC). Este pago incluye las cotizaciones obligatorias de los trabajadores y empleadores, así como las aportaciones específicas que correspondan según la actividad y el convenio colectivo aplicable.
El abono de las cotizaciones puede realizarse mediante domiciliación bancaria, garantizando la puntualidad del pago, o mediante cargo directo en la cuenta del contribuyente. En el caso de la FLC, es especialmente importante verificar los convenios colectivos aplicables, ya que estos determinan los porcentajes de aportación de la empresa y del trabajador, así como posibles bonificaciones o contribuciones adicionales específicas del sector de la construcción.
Mantener un control riguroso de las cotizaciones y aportaciones permite evitar recargos, intereses de demora o sanciones por pagos fuera de plazo y asegura la correcta actualización de los registros laborales y contables. Además, la revisión de los porcentajes aplicados y de la información remitida a la Seguridad Social y a la FLC ayuda a garantizar la coherencia con las nóminas, los seguros y los derechos de los trabajadores, evitando errores que puedan generar conflictos o requerimientos por parte de las administraciones correspondientes.
30 de noviembre: Ventanilla Única – Régimen de importación (periodo 10/25)
El 30 de noviembre de 2025 finaliza el mes con la obligación de presentar el modelo correspondiente a la Ventanilla Única (OSS – One Stop Shop) en su modalidad de régimen de importación, relativo a las operaciones de octubre de 2025. Este sistema permite a las empresas que venden bienes y prestan servicios a consumidores finales en otros países de la Unión Europea declarar y pagar el IVA en un único Estado miembro, simplificando las obligaciones fiscales transfronterizas.
Es fundamental que todas las operaciones transfronterizas estén registradas correctamente, incluyendo la identificación de cada país de destino, el valor de las ventas y los impuestos aplicables. Además, los tipos de IVA aplicados deben coincidir con los del país de destino, garantizando que la tributación se realiza de acuerdo con la normativa local y evitando posibles ajustes o sanciones por parte de las autoridades fiscales europeas.
Un correcto cumplimiento del régimen de importación OSS no solo evita sanciones y recargos, sino que también facilita la trazabilidad fiscal internacional, permitiendo llevar un control exhaustivo de las operaciones y simplificando la conciliación con la contabilidad interna y los registros de IVA. Asimismo, garantiza que la empresa mantenga transparencia y cumplimiento en sus operaciones transfronterizas, fortaleciendo la confianza de clientes y autoridades fiscales y asegurando una gestión eficiente de los impuestos en el comercio intracomunitario.
Cierre del mes y planificación de fin de año
Noviembre marca el inicio de la recta final del ejercicio fiscal 2025, convirtiéndose en un momento clave para revisar la situación contable y financiera de la empresa, prever las obligaciones fiscales y planificar el cierre del año con suficiente antelación. Una gestión proactiva en este periodo permite minimizar riesgos, optimizar impuestos y garantizar que todas las operaciones queden correctamente registradas antes del cierre del ejercicio.
Algunos aspectos clave a considerar en esta fase son:
- Revisión de gastos deducibles: Asegurarse de que todas las facturas de proveedores, gastos de personal, suministros y otros costes estén correctamente registradas y contabilizadas, evitando que queden fuera del ejercicio y se pierdan deducciones fiscales.
- Anticipar el cierre contable: Comenzar a identificar ajustes, provisiones y regularizaciones que puedan ser necesarias para reflejar fielmente la situación económica de la empresa. Esto incluye conciliaciones bancarias, revisión de inventarios y ajustes de depreciación o amortización de activos.
- Proyección de resultados: Analizar los resultados obtenidos hasta noviembre permite planificar amortizaciones, dotaciones a provisiones o ajustes estratégicos, y evaluar el impacto de posibles decisiones fiscales antes de fin de año.
- Planificación de cotizaciones y obligaciones sociales: Revisar las aportaciones de autónomos y trabajadores, así como anticipar cambios normativos previstos para 2026, ayuda a ajustar presupuestos y evitar sorpresas en las obligaciones fiscales y de seguridad social.
- Planificación estratégica: Este es un buen momento para definir acciones de optimización fiscal y financiera, asegurando que la empresa cierre el ejercicio con la información adecuada para la toma de decisiones y la preparación de la contabilidad anual y las declaraciones tributarias.
Realizar un cierre mensual exhaustivo en noviembre y planificar con antelación el final del ejercicio contribuye a garantizar la transparencia contable, el cumplimiento normativo y la eficiencia fiscal, facilitando además la transición hacia el nuevo año fiscal de manera ordenada y segura.
Tu guía para un cierre fiscal sin estrés: mantente al día en 2025
Además, recuerda que contamos con el Calendario del Contribuyente 2025, una herramienta exclusiva diseñada para que tengas siempre a mano todos los plazos, modelos y vencimientos fiscales más importantes del año, de manera clara y organizada. Este recurso te permite anticiparte a tus obligaciones y gestionar tu fiscalidad con mayor seguridad y eficiencia, evitando sorpresas o sanciones inesperadas.
Con nuestro calendario podrás:
- Acceder fácilmente a todas tus obligaciones tributarias, consultando de forma rápida y ordenada qué modelos y pagos corresponden a cada periodo.
- Anticiparte a los vencimientos, minimizando el riesgo de recargos, sanciones o retrasos en tus declaraciones.
- Organizar tus gestiones con eficacia, optimizando el tiempo y los recursos de tu empresa o actividad profesional, y facilitando la planificación financiera y contable de todo el ejercicio.
Nos encargamos de que estés siempre al día con las últimas novedades fiscales, adaptando cada trámite a las particularidades de tu empresa o actividad profesional. Nuestro enfoque está orientado a ofrecer tranquilidad y seguridad en la gestión de tus obligaciones, para que puedas centrarte en el crecimiento de tu negocio.
Si necesitas asesoramiento personalizado para tus declaraciones, deseas planificar tu fiscalidad de cara a 2026 o tienes cualquier consulta sobre tus obligaciones correspondientes al mes de noviembre, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a mantener tu negocio al corriente, cumplir con la normativa y simplificar cada trámite fiscal, convirtiendo la gestión tributaria en un proceso ágil y sin complicaciones.
