Diciembre representa un mes clave para la gestión fiscal y laboral de empresas y autónomos en España. Con el cierre del año fiscal, se concentran múltiples obligaciones tributarias y laborales que deben cumplirse en plazos estrictos para evitar sanciones y optimizar la planificación del próximo ejercicio.
Desde la inscripción en registros especiales de IVA hasta la presentación de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y declaraciones de retenciones, cada obligación requiere atención detallada.
En el Calendario del Contribuyente, desglosamos todas las obligaciones fiscales y laborales de diciembre, con fechas, modelos y procedimientos, facilitando su cumplimiento eficiente y seguro.

Obligaciones fiscales y de IVA que deben cumplirse desde el primer día de diciembre 2025 para empresas y autónomos
El 1 de diciembre de 2025 es una fecha clave para iniciar el cumplimiento de diversas obligaciones fiscales, especialmente las relacionadas con el IVA, la presentación de operaciones vinculadas y con paraísos fiscales, y la elección o renuncia al Suministro Inmediato de Información (SII). Este día marca el inicio de procesos que afectan la liquidez de la empresa, la transparencia contable y el cumplimiento de la normativa vigente.
Solicitud de inscripción o baja en el Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME)
El REDEME permite a las empresas que cumplen ciertos requisitos recibir la devolución mensual del IVA soportado. Es fundamental solicitar la inscripción antes del inicio de cada mes para poder acceder a este beneficio. Si la empresa ya estaba inscrita y decide cesar su participación, debe tramitar la baja de forma electrónica mediante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
El cumplimiento correcto de esta obligación garantiza que las devoluciones de IVA se realicen de manera ágil y evita posibles sanciones por incumplimiento.
Presentación de la Declaración 232 sobre operaciones vinculadas y con paraísos fiscales
Las entidades que mantienen relaciones con empresas vinculadas o con entidades localizadas en paraísos fiscales deben presentar la Declaración 232, siempre que su período impositivo coincida con el año natural. Este modelo informa sobre operaciones que puedan influir en la base imponible del impuesto y es crucial para cumplir con la normativa de transparencia fiscal.
Opción o renuncia al Suministro Inmediato de Información (SII) y presentación del Modelo 303 de IVA
El SII permite a las empresas llevar los libros registro del IVA de manera electrónica a través de la AEAT. El día 1 de diciembre es el plazo para formalizar la opción o renuncia al SII mediante el Modelo 036.
Además, se debe presentar la declaración mensual de IVA (Modelo 303) correspondiente al período 10/25, donde se reflejan todas las operaciones gravadas de ese mes. Esta declaración es obligatoria para las empresas con IVA mensual y permite calcular el saldo a ingresar o a devolver.
Obligaciones de comercio intracomunitario que deben cumplirse a mitad de diciembre 2025
El 12 de diciembre de 2025 se centra en obligaciones relacionadas con el comercio intracomunitario, especialmente para empresas que realizan importaciones o exportaciones dentro de la Unión Europea. Este día es clave para presentar la declaración Intrastat, asegurando la trazabilidad de las mercancías, el cumplimiento de los requisitos fiscales y la transparencia en las operaciones comerciales internacionales, evitando sanciones y errores contables.
Presentación de la Declaración Intrastat de noviembre 2025
Las empresas que realizan operaciones de movimiento de mercancías entre Estados miembros deben presentar la declaración Intrastat correspondiente al mes de noviembre. Este informe es fundamental para garantizar la transparencia en el comercio intracomunitario y mantener la trazabilidad de los bienes intercambiados, evitando sanciones administrativas.
Presentación de pagos fraccionados, retenciones y obligaciones fiscales especiales en la segunda mitad de diciembre 2025
El 22 de diciembre de 2025 concentra varias obligaciones clave que incluyen pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, declaraciones de retenciones de IRPF y no residentes, así como tributos especiales como el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables. Cumplir puntualmente con estas obligaciones es fundamental para mantener la liquidez empresarial, evitar sanciones por retrasos y asegurar que la contabilidad fiscal refleje correctamente todas las operaciones realizadas durante el año.
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades mediante el Modelo 202
Las sociedades cuyo ejercicio coincida con el año natural deben realizar el pago fraccionado correspondiente al tercer trimestre del año (3P/25) mediante el Modelo 202. Este pago representa un adelanto del impuesto anual y es obligatorio para todas las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias con el Modelo 349
El Modelo 349 recoge todas las operaciones intracomunitarias de noviembre. Es indispensable para la correcta declaración de IVA y permite la trazabilidad de operaciones internacionales dentro de la UE, asegurando que la empresa cumpla con las obligaciones fiscales internacionales.
Declaraciones de retenciones de IRPF y no residentes
Las obligaciones de retenciones incluyen:
- Modelo 111: Retenciones sobre rendimientos de trabajo y profesionales.
- Modelos 115 y 123: Retenciones sobre rendimientos de capital inmobiliario y mobiliario.
- Modelo 216: Retenciones de no residentes sobre trabajo y capital inmobiliario.
La presentación correcta de estas declaraciones asegura que los importes retenidos se ingresen oportunamente en Hacienda, evitando sanciones por retrasos o errores.
Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables mediante el Modelo 592
Las empresas que fabrican, importan o adquieren envases de plástico no reutilizables deben presentar el Modelo 592, correspondiente al mes de noviembre. Este impuesto especial busca fomentar prácticas sostenibles y debe cumplirse rigurosamente para evitar sanciones.
Obligaciones de cierre de mes y liquidación final de impuestos y retenciones para el 30 de diciembre 2025
El 30 de diciembre de 2025 es un día clave para realizar el cierre de mes y la liquidación final de impuestos, incluyendo la declaración del IVA mensual correspondiente a noviembre y la presentación del IRNR sobre rentas imputadas de bienes inmuebles para no residentes. Cumplir estas obligaciones garantiza que la contabilidad fiscal de la empresa esté completamente actualizada, evita sanciones por incumplimiento y asegura que todas las obligaciones tributarias se reflejen correctamente antes de finalizar el año.
Declaración del IRNR sobre rentas imputadas de bienes inmuebles con el Modelo 210
El Modelo 210 se utiliza para declarar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) relacionado con rentas imputadas de bienes inmuebles correspondientes al ejercicio 2023. Esta declaración es fundamental para propietarios de inmuebles situados en España que no residan fiscalmente en el país.
Declaración mensual de IVA correspondiente al período 11/25 mediante el Modelo 303
El cierre del mes también implica la presentación de la declaración mensual de IVA (Modelo 303) correspondiente a noviembre. Esta obligación permite calcular el saldo de IVA a ingresar o a devolver, garantizando que la contabilidad fiscal de la empresa esté correctamente actualizada antes de finalizar el año.
Obligaciones de cierre de año y comunicación de opciones fiscales especiales para el 31 de diciembre 2025
El 31 de diciembre de 2025 concentra múltiples obligaciones de cierre de año que son fundamentales para garantizar la correcta planificación fiscal del próximo ejercicio. Entre ellas se incluyen la comunicación de opciones por el régimen de consolidación fiscal, la presentación de modelos informativos como el 840 y 231, la renuncia o revocación de regímenes de estimación para IRPF e IVA, así como la actualización de datos relacionados con el régimen simplificado de agricultura, ganadería y pesca. Cumplir con estas obligaciones asegura la transparencia contable, evita sanciones y facilita una transición ordenada hacia 2026, optimizando la gestión fiscal y financiera de la empresa.
Comunicación de opciones por el régimen de consolidación fiscal y Modelos 840, 231
Las empresas cuyo ejercicio coincida con el año natural deben comunicar su opción por el régimen de consolidación fiscal y presentar:
- Modelo 840: Contribuyentes que apliquen o dejen de aplicar alguna exención del impuesto en 2025.
- Modelo 231: Declaración de información país por país para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
Ventanilla única y régimen de importación mediante el Modelo 369
El Modelo 369 corresponde a la presentación de obligaciones a través de la Ventanilla Única del régimen de importación para noviembre de 2025. Esto agiliza los procedimientos de comercio exterior y asegura el cumplimiento con las normativas comunitarias.
Renuncia o revocación de regímenes de estimación para IRPF e IVA
Las empresas y autónomos pueden realizar modificaciones en sus regímenes fiscales para 2026 y siguientes:
- Renuncia o revocación de estimación directa simplificada y estimación objetiva para IRPF (Modelos 036 y 037).
- Opciones y renuncia a regímenes especiales de IVA, incluida la aplicación del régimen simplificado para agricultura, ganadería y pesca.
Seguridad Social y FLC mensual correspondiente a noviembre 2025
Finalmente, es obligatorio presentar las cotizaciones a la Seguridad Social y el FLC mensual del mes de noviembre, cerrando así las obligaciones laborales antes del fin de año. Esto incluye el pago de cuotas de trabajadores, autónomos y cualquier contribución adicional establecida por ley.
Cumplir correctamente con las obligaciones fiscales y laborales para optimizar la gestión empresarial y evitar sanciones
Diciembre exige una atención especial a cada obligación fiscal y laboral para garantizar que las operaciones del año se cierren de manera ordenada y transparente. Cumplir con los modelos, declaraciones y pagos en sus plazos no solo evita sanciones, sino que también permite a empresas y autónomos planificar mejor su flujo de caja, optimizar recursos y afrontar el nuevo ejercicio con mayor seguridad y eficiencia.
El cumplimiento ordenado y puntual de todas estas obligaciones permite:
- Evitar sanciones y recargos.
- Optimizar la gestión del flujo de caja.
- Mantener la transparencia fiscal y contable.
- Planificar con eficacia el ejercicio siguiente.
En este sentido, contar con asesoría profesional especializada, como la que ofrecemos, es fundamental para asegurar que todas las obligaciones se cumplan correctamente y para recibir orientación estratégica en la gestión fiscal y laboral.
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